El delegado del Gobierno en Murcia, Rafael González Tovar, informó ayer del Real Decreto aprobado por el Gobierno central en el que se establecen las bases para la concesión de subvenciones al sector tomatero en 2009, acogidas al régimen de mínimis contemplado en la reglamentación comunitaria.
Explicó que los beneficiarios de esta ayuda podrán ser los titulares de explotaciones productoras de tomates que tengan suscrito un préstamo, o una póliza de crédito, destinado a sufragar costes relacionados con la producción.
La ayuda será del 5% del capital del préstamo suscrito pendiente de amortizar a la entrada en vigor del real decreto, por titular de explotación, que no podrá ser inferior a 300 euros ni superior a 7.500 euros. El texto señala que se computarán dentro de dicho límite máximo los importes ya percibidos en concepto de ayuda de mínimis, en su caso, en los dos ejercicios anteriores.
Además, esta ayuda de mínimis no se acumulará con ninguna otra correspondiente a los mismos gastos subvencionables si dicha acumulación da lugar a una ayuda superior a la establecida para las circunstancias concretas por la normativa comunitaria.
Además el Real Decreto indica que corresponde a la Comunidad Autónoma, la tramitación, resolución y pago de las ayudas, así como la realización de los controles administrativos. Para la concesión de las ayudas se tendrán en cuenta las disponibilidades presupuestarias y se hará constar, expresamente, que su importe está financiado con cargo a los Presupuestos del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural.
Fuente: LaVerdad.es
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