La Unión de Consumidores de Extremadura (UCE) alerta de que a veces las aseguradoras actualizan las primas en los contratos de seguros de decesos con incrementos «abusivos» que pueden llegar hasta el 20%. La UCE explica que son «cientos los consumidores que se ven sorprendidos con un fuerte incremento en sus pólizas de seguro de decesos, debido a su actualización». A su juicio, «el abuso es aún mayor si tenemos en cuenta que si el asegurado se niega a abonar la prima por abusiva, no sólo pierde el derecho a la prestación asegurada, sino que, al no existir la posibilidad de rescate, también perdería todas las aportaciones realizadas hasta la fecha».
Esto ocurre en muchas ocasiones a los mayores de 65 años, cuando «el asegurado deja de ser rentable para la compañía aseguradora». Por eso, debido a que «las probabilidades de que fallezca se elevan, la aseguradora, ante la imposibilidad de resolver voluntariamente los contratos, incrementa el precio de las primas con la intención de que sea el asegurado quien decida rescindir el seguro».
Ante esta «flagrante situación de indefensión», la UCE recomienda «no ceder ante la provocación de la compañía aseguradora». Insta también a reclamar, ya que la aseguradora «no puede incrementar el precio del seguro de forma arbitraria, debe hacerlo basándose en criterios determinados previamente en la póliza», y si lo hace, «el asegurado no está obligado a abonar ese aumento».
Disparidad de precios
La UCE cifra en unos 2.200 euros el «coste de morirse», de media, en España, un desembolso que incluye los servicios y gastos básicos, como el oficio religioso, el traslado del cadáver, los gastos administrativos y de ataúd.
La asociación, no obstante, aclara que «resulta relativamente difícil establecer una cantidad determinada», debido a la variedad de precios y la disparidad de las tasas municipales. También «influye considerablemente el modelo de gestión del operador encargado de prestar los servicios funerarios, ya sea público, privado o mixto».
En todo caso, la cantidad no bajará nunca de los 600 euros, que es el coste de un entierro reservado a las actuaciones de beneficencia, «a no ser que el cuerpo se done a la ciencia».
Los trámites administrativos consisten en la obtención del certificado médico de defunción y la inscripción del fallecimiento en el Registro Civil, así como la preceptiva licencia de enterramiento o incineración. Si es necesario un traslado de cadáver a otra localidad es necesario un permiso sanitario específico. Las empresas funerarias suelen ofrecerse a resolver todos estos trámites por entre 200 y 300 euros.
Una vez obtenidos los permisos, la familia debe tomar la decisión que va a suponer un mayor desembolso, la adquisición del féretro, cuyo coste «suele rondar los 1.800 euros, aunque puede oscilar dependiendo del tipo de materiales, el acabado y la apariencia que se desee». El más económico se puede encontrar por 450 euros y el más caro llega a 3.000 euros.
La UCE recuerda que existen ataúdes específicos para incineración, si se desea esta opción, sin olvidar que hay que añadir el coste de la urna para las cenizas, unos 30 euros, además de la cantidad que cuesta la incineración, entre 350 y 500 euros. Pese a ello, «la incineración resulta más económica que un enterramiento clásico, ya que se ahorran los gastos de sepultura, nicho o panteón, los gastos de inhumación y colocación de la lápida, que difícilmente bajan de 500 euros».
A todo ello hay que sumar otros gastos adicionales, como el de la corona de flores (entre 150 y 400 euros), el oficio religioso (60), la publicación de una esquela (entre 70 y 12.000 euros, dependiendo del tamaño, el diario elegido y el día), y los servicios de tanatorio (entre 500 y 1.800), a los que se puede sumar un servicio de tanatoprasia o tanatoestética para mejorar el aspecto de cadáver (60 euros).
Fuente: Hoy.es
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