Imponer la suscripción de un seguro de vida o de hogar con una compañía como condición para la concesión de un préstamo hipotecario u otra operación.
Exigir el pago de una prima única en la contratación de un seguro de vida o de hogar ligados a préstamos.
Hipotecas en las que aparecen cláusulas en las que el cliente se compromete a tener un seguro de daños de la finca hipotecada durante la vigencia del préstamo y da su consentimiento para que el banco suscriba esta póliza en su nombre si él no lo hace. Seguros considera que esta práctica no es aceptable, ya que el asegurado desconoce los elementos esenciales del contrato.
Designar como beneficiario de un seguro sobre un bien hipotecado al banco o caja que concede el préstamo. La Administración cree que sólo tiene derecho a percibir la indemnización el propietario del bien asegurado.
El regulador detecta en general deficiente información en la comercialización de los seguros de vida en los que el cliente asume el riesgo de la inversión en relación al valor de los activos en que se invierte el producto.
En las aseguradoras que venden sus productos en bancos y cajas, el cliente no distingue si es un producto bancario, de inversión, un seguro o un plan de pensiones. Esto es más acentuado en los ‘unit linked’, donde se mezclan características aseguradoras y de inversión.
El regulador llama la atención sobre los seguros con coberturas inadecuadas y menciona la contratación de pólizas de vida que cubren el fallecimiento en los que el asegurado y el beneficiario es la misma persona.
En el ramo de automóviles, Seguros incluye las políticas de algunas compañías que fijan un tiempo y unos precios por hora para las reparaciones en talleres concertados, ya que en su opinión no favorece el buen servicio al asegurado.
Exigencia a los menores de 25 años de contratar un seguro de vida con la misma aseguradora como condición para suscribir una póliza de automóviles.
Fuente: Expansión
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